propuesta
por reparacion y justicia
de
victimas de PRISIÓN POLÍTICA y tortura
de isla dawson y magallanes
Dawson2000.com y Agrupacion de DDHH Orlando Letelier

Esta
propuesta de Derechos Humanos de los ex Prisioneros Políticos de Isla Dawson y Magallanes
fue entregada el 2 de Noviembre del 2006
a la Ministra de Defensa Nacional,
y a los Diputados y Senadores de
Magallanes en Isla Dawson, a la Presidenta de Chile a través de la Oficina de
Partes de la Moneda, y la distribuimos a todos los Diputados y Senadores en sus
casilleros electrónicos en el Congreso
Nacional.
I. Introduccion
Somos víctimas de Prisión Política y Tortura de la dictadura
militar (1973–1989), ex prisioneros
políticos de Isla Dawson y
Magallanes, organizados en el Proyecto de Información de Derechos Humanos
(DDHH) Dawson2000.com y la Agrupación de DDHH Orlando Letelier. Buscamos fortalecer la
democracia en Chile haciendo público las
violaciones a los DDHH cometidas por la
dictadura en Magallanes y requiriendo reparación
y justicia para los que fuimos víctimas
de estos crímenes por parte del Estado
de Chile.
Los derechos básicos de más de cien mil chilenos fueron
vulnerados por una práctica sistemática de agentes estatales durante la
dictadura. Las violaciones de DDHH
incluyeron ejecuciones, secuestros, torturas,
detenciones, confinamientos en campos de concentración, sometimiento a
consejos de guerra, relegaciones y exilio. El Estado de Chile es el responsable último de estas
violaciones. El Estado es el
garante y responsable, en todo momento,
y bajo cualquier tipo de gobierno de la protección de los DDHH de los ciudadanos y residentes del país.
Justicia y reparación integral es la deuda pendiente del Estado y la
Sociedad de Chile para con estas personas.
A más de tres décadas del golpe militar, la inmensa
mayoría de los violadores y responsables
de estos crímenes siguen impunes. En Magallanes nadie ha sido condenado por los
crímenes y violaciones de DDHH cometidas en la zona. El avance en el
ámbito de reparación integral a las
personas que se le violaron sus derechos ha sido lento y es cuantitativamente
mínimo. Esta falta de justicia y
reparación aumentan la marginalización social que han sufrido las victimas en esta décadas. Un mayor avance es
posible. En esta coyuntura política, depositamos nuestras esperanzas en que el gobierno encabezado por la Presidenta
Bachelet posibilite este necesario avance.
Valoramos
como altamente positivo que en el 2004 la Presidencia de Chile y el Informe de la Comisión de Política y Tortura
hayan reconocido públicamente que la tortura y prisión política fueron crímenes cometidos como parte de una
política institucionalizada del Estado de Chile. Deploramos, que este informe
no se nombren a los responsables ni a aquellos que fueron cómplices y
participes de estos crímenes, ni tampoco a las cortes de justicia, políticos civiles,
partidos políticos ni a las personas que encubrieron y callaron. Justicia es
parte de la reparación en un estado de derecho
Son
una minoría nacional los que persisten en negar las aberrantes violaciones a los
DDHH de la dictadura militar. Las Fuerzas Armadas, en menor grado la Armada Nacional, han
reconocido tener una responsabilidad
institucional, aunque general y limitada, por
estas violaciones. Todos los partidos políticos, en diversos grados, han
reconocido la necesidad de avanzar en el ámbito de la reparación a las víctimas
de estas violaciones.
La Concertación
por la Democracia estableció como uno de sus objetivos de gobierno la
reparación a las personas que se les violaron los DDHH durante la dictadura. A pesar de esto,
aún no existe una política publica de reparación integral. Solo se han dictado
leyes de beneficios limitados para
determinados grupos de víctimas, incluyendo incentivos mínimos para el retorno
de los exiliados, austeros beneficios
previsionales para los exonerados políticos, magras pensiones para los familiares de los ejecutados y
desaparecidos, y pensiones mínimas para los ex prisioneros políticos que
constituyen la gran mayoría de las víctimas de DDHH.
Estas políticas de reparación a nuestros derechos
violados han sido insuficientes para
remediar el daño causado. La reparación ha sido mínima y no hay reconocimiento real del
daño y
la extensión de los crímenes cometidos, ni de la necesidad de justicia que
existe entre las víctimas. Más aún, no hay ningún esfuerzo de reparación
destinado a las víctimas de violaciones
de DDHH menores de edad (21 años), a los condenados en consejos de guerra,
relegados y exiliados de la dictadura.
No existen razones éticas o de derecho
que avalen esta discriminación en
el tratamiento reparatorio de estos chilenos.
Dentro del
contexto de consulta y la elaboración de una propuesta de DDHH por el actual
Gobierno de Chile, entregamos a la presidencia de la republica, partidos
políticos, senadores, diputados y
opinión pública un resumen actualizado de nuestra Propuesta de Reparación de ex
Prisioneros Políticos de Isla Dawson y Magallanes. Esta propuesta de DDHH
originalmente la entregamos al Gobierno de Chile a través de la Intendencia de
Magallanes en Julio del 2003. En nuestro retorno a Isla Dawson el 22 de noviembre del 2003, como
parte de nuestro Homenaje a los
ex-prisioneros de Dawson, hicimos entrega pública de nuestra propuesta de reparación al Ministerio de
Defensa y a la Armada de Chile, en el mismo lugar donde estuvo el Campo de
Concentración Río Chico, donde estuvimos
secuestrados y confinados por la dictadura militar. Hoy, 2 de noviembre del 2006, en ese mismo
histórico lugar, como parte del segundo viaje de ex presos políticos a Isla
Dawson, hacemos publica nuestra propuesta actualizada de DDHH y se la
entregamos a la Ministra de Defensa, a los senadores y diputados de la región y
al obispo de Magallanes.
Los informes de la Comisión de Prisión Política y
Tortura de 2004 y de la Comisión de Verdad y Reconciliación de 1991, conjuntamente
con la legitimidad de nuestras demandas por reparación y
justicia, fundamentan ante Chile la
necesidad de avanzar en el desarrollo de
una política pública de reparación integral para las víctimas de violaciones de
DDHH.
II. Justicia y reparación es la deuda
pendiente del Estado de Chile para con las victimas de violaciones de DDHH en Magallanes
La
violación de los derechos fundamentales de las personas por la dictadura militar ha quedado
grabada en la conciencia magallánica. La extensión de estos crímenes la sabemos los
miles de individuos quienes fuimos
afectados por estas violaciones en Isla Dawson y en Magallanes, las cuales están consignadas por más de 550 testimonios
de magallánicos en el Informe de la
Comisión de Prisión Política y Tortura. La brutalidad de estas acciones la sintetizan
los 34 centros de torturas y de detenciones establecidos en la zona,
graficado por los emblemáticos campos de concentración de Isla Dawson, donde
también se confinó a un connotado grupo de dirigentes nacionales. En estas
prisiones encerraron y torturaron los
cuerpos y los sueños de magallánicos que
pensaban distinto y buscaban una
sociedad mejor para Chile.
Nuestros derechos fundamentales fueron violados
como parte de una política institucional
y sistemática de violación de DDHH de la dictadura militar. Los crímenes de
lesa humanidad en Magallanes incluyeron
ejecuciones, secuestros, torturas, detenciones en campos de concentración,
relegaciones, persecución y exilio. Los
hechos consignados en los informes de
la Comisión de Prisión Política y Tortura y la Comisión de Verdad y Reconciliación
evidencian la implementación de esta política del Estado de Chile durante el
periodo de 1973-1989 en Magallanes.
III. Propuesta
basica de Reparación Integral para las Victimas de violaciones de DDHH
Existe de parte del Estado una gran deuda social
con los magallánicos que fueron víctimas
de violaciones de DDHH durante la dictadura militar. Nuestras demandas se orientan y buscan
fortalecer una conciencia nacional
democrática que rechaza las violaciones
a los DDHH. Las secuelas y secuencias de las violaciones a que fuimos sometidos
seguirán estando presentes en nuestras vidas. El daño causado por los crímenes de lesa
humanidad es irreparable. En el Chile de hoy, a 33 años del Golpe Militar y 16 años del término de la dictadura, existe un
legítimo espacio democrático que permite
avanzar en el ámbito de reparación y justicia. Dentro de este contexto,
llamamos a los poderes ejecutivo, legislativo
y judicial a comprometerse con las demandas de las víctimas de prisión política
y tortura de la dictadura militar. Este compromiso debe materializarse en la
promulgación una legislación de reparación integral que incluya:
A. Definicion del Universo de Victimas de Violaciones
de DDHH e Instituto de DDHH
El instituto de DDHH tendría la facultad de continuar con el
trabajo de definir el universo real
de quienes fueron víctimas de prisión política y tortura durante la
dictadura militar. También tendría el mandato de difundir públicamente las
violaciones de DDHH, promover la dignificación moral y social de las
víctimas y facilitar el acceso a los
beneficios de reparación.
Organizaciones de DDHH y representantes
de las personas que sufrieron estas
violaciones deben ser parte
integral de esta institución y de la implementación de sus políticas.
Debe ser prioritario para el
instituto reabrir, en forma indefinida, el registro y calificación de la
víctimas por prisión política y tortura entre
1973 y 1989. Estos registros deben incluir a las personas chilenas o
extranjeras, sus cónyuges o convivientes, ascendientes o colaterales, hasta el
cuarto grado inclusive, hayan fallecidos
o se encuentren viviendo en Chile o en el exterior y que fueren víctimas
de las siguientes violaciones de DDHH, tanto en Chile como en el
extranjero, por parte de agentes del
Estado de Chile: tortura física y/o psicológica; pena cruel,
inhumana o degradante; detención sin
haber sido sometido a proceso; detención como prisionero de guerra; condena a
relegación, exilio o confinamiento; detención después de haber sido absuelto;
detención domiciliaria por orden
administrativa, policial o militar; nacimiento en cautiverio; y detención
junto a sus padres o que al momento de la detención de su madre hayan estado en
gestación.
B. Compromiso publico con
la Verdad y Justicia por las violaciones de DDHH
Llamamos al Estado de
Chile a que se comprometa públicamente con la búsqueda de la verdad y la determinación de responsabilidades y
sanciones por todas las violaciones de
DDHH, incluyendo desapariciones, ejecuciones, prisión política, tortura,
relegación y exilio.
En este contexto,
llamamos a derogar la Ley de amnistía de
1978 que protege a un gran número de
violadores de DDHH. También apoyamos el
desarrollo de una política que incentive la entrega de información sobre
hechos de violaciones de DDHH,
incluyendo beneficios civiles y judiciales para
informantes que no tengan calidad de autores o participes.
Además, llamamos a derogar la norma
establecida en el Articulo 15 de
C. Dignificación moral y
social de la víctimas de prision politica y tortura en Magallanes
Es necesario dignificar moralmente a las
personas que fueron calificadas como víctimas de Prisión Política y Tortura. El
Estado debe adoptar políticas públicas destinadas a promover el legado y la
memoria histórica de las víctimas, donde
se reconozca su condición de luchadores sociales y
sobrevivientes de la prisión y la tortura, como parte del desarrollo cultural
de los DDHH. Esto debe contemplar como mínimo lo siguiente:
Ø
Establecimiento del 26 de junio
como el día de la solidaridad con los ex presos políticos, las víctimas de la
tortura, relegados y exiliados.
Ø
Creación de un fondo para financiar memoriales, monumentos, proyectos
culturales, publicaciones y sitios de internet
para difundir el legado histórico de los que sufrieron las violaciones
de DDHH.
Ø Designar como monumentos y patrimonios nacionales los
principales ex centros de detención y tortura, incluyendo la totalidad de
Ø
Crear un museo y centro cultural de los DDHH en el antiguo Hospital
Naval o Palacio de la Risa, que fue el principal centro de torturas
en Magallanes.
Ø
Crear en el fundo Los Robles, ex centro de tortura en Punta Arenas, un
parque por la paz y los DDHH.
Ø
Promover políticas educacionales que incorporen la enseñanza y el respeto
por los DDHH.
D. compensacion
y Reparación económica
Las reparaciones otorgadas
actualmente por la ley 19.992 a las personas calificadas como víctimas de
Prisión Política y Tortura son mínimas.
No se reconoce la necesidad de
reparación por el daño causado por la
prisión y la tortura en términos económicos – o sea
Ø
Una pensión de un monto homologable con la
jubilación promedio de los funcionarios públicos, debiendo ser retroactivo a la
fecha de secuestro, tortura, relegación y/o exilio. Estos beneficios deben tener la calidad de heredabilidad o transmisividad a la viuda(o) o conviviente, o familiar sobreviviente de
por vida.
Ø
Indemnización equivalente a resarcir el daño económico por el período a
que el individuo fue sometido a
detención, prisión, relegación y exilio.
Esta indemnización debe compensar
por cada día de privación de
libertad, o limitación de esta, del individuo calificado.
Ø
A todas las personas que sufrieron prisión política en Magallanes, la
reparación debe ser complementada automáticamente con un valor adicional para
compensar el daño causado por la tortura, a que la inmensa mayoría de los ex
presos politicos de Magallanes fueron sometidos.
Ø
A las
personas que fueron condenadas por consejos de guerra, la reparación debe ser
complementada con un valor adicional para compensar el daño causado por las
condenas, castigos y particularidad del encarcelamiento y prisión a que fueron sometidos como resultado directo de estos consejos de
guerra.
Ø
Deben calificarse como casos de ex-
menores a todos aquellos que sus edades fluctuaban entre los 18 y 21 años que
sufrieron prisión política y tortura.
Las normas vigentes en 1973 establecían que la mayoría de edad se alcanzaba a
los 21 años. Estas personas deben recibir
una compensación adicional por ser victimas menores de edad.
Ø
Las pensiones establecidas por la ley 19.992
de
reparación deben ser declaradas compatibles con las pensiones no
contributivas de la ley de los exonerados políticos, y con cualquiera otra reparación
pasada o futura que pudieren generarse a favor del individuo calificado como
victima de Prisión Política y Tortura.
E. Integración socio-económica
Debe haber un
compromiso de reintegración social y económica de los individuos calificados
como víctimas de Prisión Política y Tortura
a la sociedad chilena. Esto debe contemplar:
1. Educación.
Ø
Capacitación laboral de las víctimas, incluyendo
la manutención de la familia
durante el período de formación.
Ø
Homologación automática de los estudios y títulos obtenidos en el extranjero por las
víctimas y sus familiares directos (cónyuges, hijos y nietos).
Ø
Facilitar la
finalización de los estudios interrumpidos de la víctimas debido a
prisión política, relegación o exilio.
Ø
Las becas de estudios otorgadas al individuo
calificado sea extensible a sus familiares directos (cónyuges, hijos y nietos), e incluya costos de residencia y
alimentación, y la condonación de deudas
existentes por créditos universitarios.
Ø
Los beneficios de educación deben ser accesible para los individuos
calificados que se encuentran en el extranjero.
2.
Laboral
Debe
gestionarse y promover la inserción laboral de los individuos calificados como
víctimas de Prisión Política y Tortura y sus familiares. Esto debe incluir:
Ø
Reclutamiento y contratación de las personas calificadas
como víctimas en trabajos de
instituciones públicas y estatales, tanto en Chile como en el
extranjero.
Ø
Reincorporación de las víctimas que fueron exonerados de sus
trabajos en la administración pública u otra repartición estatal.
Ø
Facilitar el financiamiento de proyectos
micro-empresariales para las víctimas.
3.
Vivienda
El gobierno se comprometió públicamente a ayudar a
las víctimas de Prisión Política y Tortura a adquirir una vivienda. El único
beneficio establecido por la Ley 19.992 es la asignación al individuo
calificado de 100 puntos en el proceso de
postulación a subsidios existentes para la población en general. Este
beneficio es inadecuado, no es compensatorio, y debe mejorarse substancialmente
e incluir:
Ø
Subsidio
especial para la adquisición, construcción o reparación de vivienda para el
individuo calificado y su grupo familiar directo, aunque algún miembro del
núcleo familiar sea propietario.
Ø El aval del Estado para obtener los prestamos
hipotecarios para adquirir una vivienda debe garantizarse para todos los
individuos calificados
4.
Social
Ø
Restitución de los bienes que les fueron confiscados
a la víctima y sus familiares.
Ø Exención del servicio militar obligatorio por Objeción de Conciencia para todos aquellos familiares descendientes y colaterales de ex presos
políticos, detenidos desaparecidos o ejecutados políticos.
Ø
Promover el reencuentro del individuo
calificado y de su familia con el
desarrollo social y cultural, a través del acceso gratuito a programas
patrocinados por el gobierno.
F. Reparación médica y de
salud mental
El Estado debe garantizar el
acceso gratuito a los
servicios de salud necesarios para los individuos calificados como víctimas de Prisión
Política y Tortura y a sus familiares directos, incluyendo nietos. Para ello es imprescindible lo siguiente:
Ø
Proveer servicios médicos y de
salud mental especializados para las personas
que sufrieron prisión política y /o torturas, incluyendo a sus familias.
Ø
Garantizar todos los beneficios PRAIS existentes e
incorporar a los individuos calificados y a sus familias a la cobertura del Plan Auge.
G. Reparación jurídica
Las siguientes medidas deben implementarse
como parte indispensable de la reparación jurídica a las personas calificadas
como victimas de Prisión Política y Tortura:
Ø Anulación de todos los
consejos de guerra, los procesos en
tribunales militares y civiles, y los decretos que se utilizaron para condenar, relegar y
exiliar a los individuos calificados
Ø
Eliminación de los antecedentes penales y las
inhabilidades que fueron aplicadas a todos los individuos calificados como
victimas de Prisión Política y Tortura.
Ø
Restitución de los derechos civiles y políticos para
todos los individuos calificados.
Ø
Reconocimiento automático de la nacionalidad chilena para las personas
calificadas como víctimas de Prisión Política y Tortura y para sus familias que sufrieron el exilio.
H. Protección de los DDHH
Es necesario adoptar transformaciones
institucionales que impidan la repetición de los crímenes y garanticen la protección de los DDHH en
Chile. Estas medidas deben incluir:
Ø
La
creación de una instancia del Estado que
tenga la facultad de fomentar, proteger
y fiscalizar los DDHH en Chile
Ø
El
Estado debe mejorar la protección de los DDHH integrando a las leyes
nacionales los tratados internacionales
suscritos por Chile.
Los
hechos consignados en el Informe de la Comisión de Prisión Política y
Tortura confrontan a Chile con parte de las terribles violaciones a que fuimos sometidos por parte del Estado,
y cuyas secuelas nos seguirán afectando por el resto de nuestras vidas. Reparación integral es la deuda de Chile para
con las víctimas de violaciones de DDHH de la dictadura en Magallanes, y en el
país.
2 de noviembre de 2006
Río Chico,
Isla Dawson, Magallanes, Chile
Por Dawson2000.com
Elie Valencia
Miguel Loguercio Héctor Aviles
Por la Agrupación de DDHH Orlando
Letelier
Baldovino Gómez
Gerónimo España
editor@dawson2000.com
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Magallanes