
A continuación
reproducimos la reciente declaración de la Fundación de Ayuda social de las
Iglesias Cristianas FASIC con
respecto a la situación que actualmente afecta a los prisioneros políticos en
Chile. Consideramos que la solución a estos problemas, que finalmente pasa por
la libertad de los presos políticos, como
de suma importancia para la consolidación de la democracia y el
establecimiento de un sistema de derecho
democrático en el país.
El sistema
democrático tiene que ser capaz de proveer
la protección necesaria a las ideologías y corrientes discrepantes del
sistema institucional en el país. En muchos casos la ley anti terrorista ha
sido erróneamente aplicada a asociaciones que discrepan ideológicamente de la
institucionalidad y no ha hechos materiales delictivos. La ley anti terrorista
es no es democrática en este sentido.
DECLARACION
PUBLICA DE FASIC RESPECTO A LA
SITUACIÓN DE LOS PRESOS POLÍTICOS EN
CHILE. MARZO 2001
La Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas FASIC, respecto
de
la situación
que afecta a los presos políticos de la Cárcel de Alta
Seguridad y en
otros centros penitenciarios, y en cumplimiento de su misión
institucional,
de promoción y defensa de los Derechos Humanos, se hace el
deber declarar
lo siguiente:
1. Estas
personas han debido soportar procesamientos y condenas por parte de
la judicatura
militar, no obstante su condición de civiles. Ante esta
jurisdicción
penal militar no se han respetado las normas del debido
proceso,
especialmente las referidas a los principios de imparcialidad e
independencia
de que debe estar revestido todo órgano que ejerce la potestad
jurisdiccional.
Los resultados de esta jurisdicción no son confiables según
palabras de un
ex Presidente de la Corte Suprema (Luis Maldonado Boggiano,
en Discurso
inaugural del año judicial 1989, Justicia Militar en Chile,
Colegio de
Abogados de Chile, año 1990, pág. 210).
2. Se les ha
aplicado erróneamente la ley antiterrorista, tanto en el orden
procesal porque
han sido juzgados por esta clase de delitos por la justicia
militar, como
en el orden sustantivo por la errada tipificación de los
hechos, lo que
ha significado para ellos largas condenas. Jurídicamente el
delito
terrorista se define por los métodos e instrumentos empleados y no
por una
ideología contraria a la institucionalidad. En este sentido, no basta
pertenecer a un
grupo ideológicamente antisistema para calificar a este
grupo o
asociación como terrorista. Este es el pensamiento jurídico de don
Francisco
Cumplido, autor de las modificaciones a la ley antiterrorista, que
FASIC comparte
en plenitud.
3. La duración
indefinida de los procesos en el tiempo, sin que se dicte
sentencia de
término, ha significado para ellos enfrentar un prolongado
tiempo de
privación de libertad bajo el régimen de prisión preventiva,
situación que
resulta contraria a las normas del derecho internacional de
los Derechos
Humanos que consagran el derecho a ser juzgado en un tiempo
breve y
razonable. La gran mayoría está privado de libertad en esta
condición por
un término próximo a los 10 años.
4. Se advierte
la ausencia de políticas penitenciarias tendientes a
otorgarles
beneficios carcelarios en aquellos casos en que han cumplido,
muchas veces,
más de la mitad y, en otros, más de las tres cuartas partes de
las penas.
5. El duro
régimen carcelario impuesto en la Cárcel de Alta Seguridad y el
trato vejatorio
sufrido al momento de su detención, han provocado un serio
deterioro de su
integridad física y psíquica.
6. Hacemos un
llamado a quienes están en huelga de hambre a poner término a
la
movilización, bajo el compromiso institucional de contribuir a buscar las
soluciones de
este problema.
7. Igualmente
hacemos un llamado a las autoridades del Gobierno, del Poder
Judicial, del
Poder Legislativo y a los dirigentes políticos para que
valoren sin
prejuicio, la importancia que tiene para la reconciliación
nacional y para
el prestigio de nuestra democracia la pronta solución de
estos
problemas. Los instamos a adoptar las decisiones que en justicia
corresponda.
Santiago,
27 de marzo de 2001.
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